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Extensión de los Créditos ICO: Guía 2021

Extension de créditos ICO

Una vez acordado con la Comisión Europea y las entidades bancarias, el gobierno aprobó por real decreto, del pasado 17 de noviembre, la extensión de las condiciones de los créditos ICO, así como otras medidas complementarias.

Nuevos plazos de los Créditos ICO


La ampliación de los plazos beneficia tanto a los referentes a la concesión, como a los de carencia y devolución de los préstamos:

El plazo para la concesión de avales de los créditos ICO han sido extendido hasta el 30 de junio de 2021.

El periodo de carencia también se ha extendido en 12 meses, por lo que puede alcanzar un máximo de 24.

Finalmente, el plazo de devolución se ha prolongado tres años más, por lo que ahora es posible amortizar el préstamo en un total de ocho años.

De acuerdo con declaraciones del propio Ministerio de Economía y Digitalización, el 73% de las operaciones concedidas previamente tenían establecido un plazo de devolución de entre cuatro y cinco años. 

Esta ampliación debería aliviar la carga financiera de la deuda asumida por las empresas y autónomos en dificultades. 

¿Quiénes pueden solicitar los préstamos tras la extensión del plazo de presentación de avales?

El propósito de estas medidas es ayudar a las empresas solventes que tengan problemas de liquidez, para que continúen con su actividad.

Por esa razón, aquellas empresas que se encuentran en concurso de acreedores o en mora no pueden solicitar estos préstamos.

Limitaciones para las entidades bancarias

De acuerdo con lo establecido por el real decreto, las entidades bancarias y crediticias no pueden incrementar el tipo de interés de los préstamos de manera injustificada, ni exigir la contratación de productos vinculados.

Así mismo, tienen la obligación de responder a todas las solicitudes de ampliación en un periodo máximo de 30 días, desde su presentación.

Agilización del proceso de aprobación

Con el fin de facilitar los procesos de aprobación de los préstamos, se han adoptado dos medidas complementarias.

Agilización de la verificación del CIRBE

A partir de ahora, el ICO podrá acudir directamente a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE), para recabar información acerca de clientes que cuentan con financiación avalada, y consultar así sus posiciones en otras entidades bancarias, así como los impagados comunicados por las mismas.

Reducción de aranceles

Además, también se ha previsto una rebaja del 50% en los aranceles notariales y registrales, respecto a cualquier operación de ampliación.

Prórroga de la suspensión de los concursos de acreedores

Anteriormente, ya se había establecido una moratoria concursal hasta el 31 de diciembre de 2020.

Con el objetivo de prevenir un previsible aumento de los procesos concursales, se ha aprobado la extensión de dicha moratoria.

El propósito último es dar un mayor margen a las empresas y negocios deudores que aún sean solventes, para que recuperen liquidez y lleven a cabo una reestructuración de su deuda.

  • En primer lugar, las empresas deudoras que tengan la obligación legal de solicitar voluntariamente el concurso de acreedores podrán no hacerlo hasta el 14 de marzo de 2021.
  • En segundo lugar, también se prolonga hasta dicha fecha la obligación del juez de admitir a trámite el concurso solicitado por los acreedores.
  • Finalmente, se pospone hasta el 31 de diciembre la obligación de los jueces de tramitar las solicitudes de los acreedores presentadas hasta el 31 de octubre, con motivo del incumplimiento de los acuerdos de refinanciación o convenios por parte de los deudores.

Medidas para favorecer la liquidez de los mercados financieros de pyme

Finalmente, también cabe destacar la aprobación de otras dos medidas complementarias que buscan activar los mercados financieros alternativos, en los que las pymes en expansión tienen un especial protagonismo.

  • En primer lugar, la línea de avales ahora puede acceder a los pagarés comercializados en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF).
  • Y, en segundo lugar, se amplía el umbral de capitalización mínimo con el que las empresas deben pasar de cotizar en el mercado BME Growth, antiguamente conocido como MAB, al mercado continuo. Este límite ha pasado de 500 a 1.000 millones de euros.

En general, es de esperar que esta batería de medidas logre conservar parte del tejido económico y productivo nacional. Son muchas las pymes amenazadas que han visto cómo sus negocios perfectamente solventes han quedado paralizados o lastrados por la ralentización económica.

Ahora tienen la oportunidad de recuperar liquidez y reestructurar su deuda, conforme la economía vuelva a recuperarse a lo largo del próximo año.

Actualidad Solunion